La vida en un condominio se rige por un marco legal específico que regula la convivencia y el uso de los bienes comunes. Sin embargo, como toda estructura legal, el régimen de condominio no es inmutable. La extinción del régimen de condominio es un tema poco tratado, pero de suma importancia para propietarios, condóminos y administradores. Este proceso legal implica la disolución del régimen de propiedad en condominio y, por tanto, la modificación total del destino jurídico del inmueble.
En TrisANT+, sabemos que este procedimiento puede parecer complejo, pero con la asesoría adecuada se puede llevar a cabo de forma clara y ordenada, conforme a la ley. En este artículo te explicamos qué es la extinción del régimen de condominio, en qué casos procede, cuáles son sus efectos legales, qué pasos deben seguirse y cómo se regula.

¿Qué Implica la extinción del régimen de condominio?
El régimen de condominio es la forma legal mediante la cual el inmueble está dividido en unidades privadas y áreas comunes. Esta figura está regulada en los Códigos Civiles estatales y tiene implicaciones importantes en los derechos y obligaciones de los condóminos.
La extinción del régimen de condominio es el cese de la personalidad jurídica de un condominio, lo que implica que el inmueble deja de regirse por las disposiciones de la ley de condominios y las escrituras constitutivas. Una vez extinguido, las unidades privativas y los bienes comunes vuelven a su estado original de propiedad individual o copropiedad, dependiendo de la situación. Este proceso, aunque poco común, puede darse por diversas razones y requiere de un conocimiento legal profundo para su correcta ejecución.
Este cambio se puede dar de mutuo acuerdo entre los condóminos o, cuando hay desacuerdo, mediante procedimientos judiciales. La extinción puede ser voluntaria o forzosa, dependiendo de las circunstancias y la voluntad de los propietarios. También es fundamental entender que la extinción no es un simple acto administrativo, sino un procedimiento con implicaciones legales y patrimoniales significativas para todos los involucrados.
Causas y mecanismos de la extinción del régimen de condominio
La ley contempla diversas circunstancias bajo las cuales puede darse la extinción del régimen de condominio. Conocer estas causas es el primer paso para entender el proceso:
Destrucción total o parcial del inmueble
Una de las causas más evidentes para la extinción es la destrucción total o parcial del inmueble que impida su reconstrucción o haga inviable su uso como condominio. Esto puede ser resultado de un desastre natural (terremoto, incendio), accidentes o incluso el deterioro estructural irreversible.
En estos casos, si la destrucción alcanza un porcentaje significativo del valor del inmueble (que la ley de cada estado determinará, generalmente más del 75%), la asamblea de condóminos puede acordar la extinción. Es crucial que este acuerdo se tome en una asamblea extraordinaria, con las mayorías calificadas que establezca la ley estatal y el reglamento interno del condominio.

Acuerdo unánime de los condóminos
Aunque es el escenario menos frecuente, la ley permite la extinción del régimen de condominio por acuerdo unánime de todos los condóminos. Esto significa que el 100% de los propietarios de las unidades privativas deben estar de acuerdo en poner fin al condominio. Este acuerdo debe formalizarse mediante una escritura pública ante notario. Este escenario suele darse cuando hay un interés común en vender la totalidad del inmueble a un solo comprador o para reconfigurar la propiedad de manera sustancial.

Expropiación del Inmueble
En casos donde el inmueble es objeto de expropiación por causa de utilidad pública, el régimen de condominio también se extingue. La expropiación es un acto de la autoridad gubernamental que, previa indemnización, adquiere la propiedad privada para fines de interés general. En esta situación, el condominio deja de existir como tal y los condóminos reciben la indemnización correspondiente a sus unidades privativas y parte proporcional de los bienes comunes.

Vencimiento del Plazo de Vigencia (si lo hubiera)
Aunque la mayoría de los regímenes de condominio se constituyen por tiempo indefinido, algunos pueden haber sido establecidos con un plazo de vigencia determinado. Si este plazo se cumple y no hay una renovación o acuerdo para continuar, el régimen puede extinguirse. Este es un punto importante a verificar en las escrituras constitutivas del condominio.

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Marco legal y regulación de la extinción del régimen de condominio en Jalisco
Para comprender a cabalidad la extinción del régimen de condominio, es imprescindible remitirse a las leyes que lo regulan. En México, la regulación de condominios es de competencia local, lo que significa que cada entidad federativa tiene su propia legislación.
En Jalisco, la extinción del régimen de condominio está regulada principalmente por el Código Civil del Estado de Jalisco, específicamente en su Título Sexto “Del Condominio”, que sustituyó a la antigua Ley de Condominios derogada en 1995 para unificar y actualizar la legislación.
Proceso y pasos para la gestión de la extinción
La gestión de la extinción del régimen de condominio es un proceso que requiere de rigurosidad y seguimiento de los pasos legales establecidos:
- Convocatoria a asamblea extraordinaria: En caso de destrucción del inmueble o por acuerdo de los condóminos, la administración debe convocar a una asamblea extraordinaria de condóminos. La convocatoria debe especificar claramente el objeto de la asamblea: la propuesta de extinción del régimen.
- Acuerdo de la asamblea: En la asamblea, se deberá votar la propuesta de extinción. Es fundamental que se cumplan con las mayorías calificadas exigidas por la ley estatal y el reglamento del condominio. Por ejemplo, en Jalisco, para la extinción por destrucción, se suelen requerir mayorías elevadas, y para el acuerdo unánime, el 100% de los condóminos.
- Elaboración de acta de asamblea: Una vez aprobado el acuerdo, se debe elaborar un acta de asamblea que refleje fielmente lo acordado, incluyendo los nombres de los condóminos presentes, el sentido de su voto y el porcentaje de participación.
- Formalización ante notario público: El acuerdo de extinción debe formalizarse mediante escritura pública ante un notario. Este documento es crucial, ya que es el que le da validez legal y publicidad al acto. El notario verificará que se cumplan con todos los requisitos legales y protocolizará el acta de asamblea.
- Inscripción en el registro público de la propiedad: La escritura pública de extinción debe ser inscrita en el Registro Público de la Propiedad correspondiente. Esta inscripción es indispensable para que la extinción surta efectos frente a terceros y para que el inmueble deje de figurar bajo el régimen de condominio.
¿Qué pasa con las obligaciones fiscales y administrativas?
Una vez que se realiza la extinción del régimen de condominio, desaparecen las figuras del administrador y del comité de vigilancia. Sin embargo, se designa un liquidador:
- Se procede a la liquidación de los bienes y pasivos del condominio. Esto implica la venta de los bienes comunes (si los hubiera y si así se acordó).
- Se deben liquidar todas las obligaciones fiscales y de servicios (agua, predial, mantenimiento, etc.).
- Si existían cuentas bancarias del condominio, deben cerrarse o transferirse conforme a lo que determine la asamblea.
- Es recomendable conservar los archivos y documentación contable por al menos cinco años, por cualquier revisión o aclaración posterior.

Consejos para propietarios y administradores ante la extinción del régimen de condominio
- Revisa la escritura constitutiva y el reglamento interno para conocer los porcentajes y condiciones específicas para la extinción.
- Busca asesoría profesional para evitar errores legales y fiscales.
- Mantén una comunicación abierta y transparente con todos los condóminos para facilitar acuerdos.
- Considera las implicaciones económicas y fiscales antes de decidir la extinción.
- Confía en expertos como TrisANT+ para acompañarte en cada etapa y garantizar el éxito del proceso.
La extinción del régimen de condominio es un procedimiento legal que puede representar una oportunidad o una necesidad según las condiciones del inmueble y la voluntad de los condóminos. Si se realiza de forma ordenada y con asesoría profesional, se pueden evitar conflictos legales y fiscales a futuro.
En TrisANT+, te ayudamos a gestionar este proceso con eficiencia, transparencia y pleno conocimiento de la normativa vigente. ¿Tienes dudas sobre si tu condominio puede o debe extinguirse? ¡Contáctanos!
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